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Por Valentina Cortés Lehuei , 12 de abril de 2022 | 10:57

Convención aprueba 25 artículos sobre principios constitucionales y justicia

Sesión donde se presentaron los principios constitucionales. Crédito: Convención Constitucional.
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En la siguiente nota podrás enterarte de artículos ya aprobados por el pleno y de otros que están en camino a formar parte de la nueva constitución.

El 11 de abril se aprobaron 25 nuevos artículos sobre principios constitucionales y justicia que fueron votados por la convención constitucional y que ahora pasan al borrador de la constitución.

En la sesión fueron aprobados artículos como, Estado de Chile se define como social y democrático de derecho, plurinacional, intercultural y ecológico, siendo deber del Estado generar las condiciones necesarias y proveer los bienes y servicios para asegurar el igual goce de los derechos.

 Así también se aprobó el principio de democracia inclusiva y paritaria (artículo 5), y se reconoció que a quien dañe el medio ambiente tendrá el deber de repararlo (artículo 9G).

Se destaca además la aprobación de artículos de justicia como el establecimiento de cargos de jueces, el acceso a la justicia intercultural y la duración máxima de 14 años para jueces de la Corte Suprema.

Medio ambiente 

Así también el 25 de marzo el pleno de la comisión constitucional realizó la discusión y el informe de Medio ambiente, en donde artículos fueron ingresados al borrador de la nueva constitución, según información de la página oficial de la convención constitucional.

Estas normas corresponden a los derechos de la naturaleza; protección del medio ambiente y la naturaleza; de la gestión de residuos; Principios ambientales; crisis climática y ecológica; democracia ambiental y de los animales.

Entre ellos destaca el artículo 1° crisis climática: “Es deber del Estado adoptar acciones de prevención, adaptación, y mitigación de los riesgos, vulnerabilidades y efectos provocados por la crisis climática y ecológica”.

Artículo 9°: “De los derechos de la naturaleza. La ley podrá establecer restricciones al ejercicio de determinados derechos o libertades para proteger el medio ambiente y la naturaleza”.

Artículo 20°: “De la gestión de residuos. Es deber del Estado normar y fomentar la gestión, reducción y valorización de residuos, en la forma que determine la Ley”. 

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