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Por Valentina Cortés Lehuei , 25 de agosto de 2022 | 14:22

Ordenan cumplir evaluación ambiental a inmobiliarias de la costa valdiviana

El proyecto inmobiliario está paralizado desde el año 2021. Crédito: Archivo.
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El Tribunal ambiental dictó la medida a la empresa local, Sociedad Agrícola Kuriñanco Ltda., e Inversiones e Inmobiliaria Pilolcura.

El Tercer Tribunal Ambiental rechazó de manera unánime las reclamaciones interpuestas por la empresa Sociedad  Agrícola Kuriñanco Ltda., e Inversiones e Inmobiliaria Pilolcura, en contra de dos resoluciones de la Superintendencia del Medio Ambiente (SMA) que aprobaron los cronogramas de ingreso al Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (SEIA).

La petición se contextualiza en los proyectos de urbanización Cutipay I, Cutipay II y Pilolcura localizados en la costa valdiviana y que se encuentran paralizadas desde julio de 2021 por orden municipal.

En este sentido la SMA determinó que los proyectos referidos debían ingresar al sistema de evaluación en el plazo de seis meses, y de 12 meses en el caso de un Estudio de Impacto Ambiental (EIA).

Luego de evaluar el caso los ministros y ministras determinaron que los actos reclamados no son susceptibles de ser impugnados dado que no tienen la naturaleza de conclusivos, debido a que los procedimientos de requerimiento de ingreso terminaron, precisamente, con las Resoluciones Exentas de la SMA.

La sentencia, pronunciada por los ministros Javier Millar Silva, Iván Hunter Ampuero y la ministra Sibel Villalobos Volpi, también rechazó la pretensión de las inmobiliarias de modificar de oficio las resoluciones que requirieron el ingreso al SEIA de los proyectos ya que dichos actos no fueron impugnados en su oportunidad.

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