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Por Valentina Cortés Lehuei , 3 de septiembre de 2024 | 09:35

Concluyen audiencias por demanda de daño ambiental contra proyectos inmobiliarios en costa valdiviana

Los proyectos están ubicados en la zona costera de Valdivia. Crédito: Archivo.
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En total se realizaron cuatro sesiones como parte de las reclamaciones interpuestas por el Consejo de Defensa del Estado contra dos empresas.

El pasado 28 de agosto el Tercer Tribunal Ambiental llevó a cabo la cuarta y última audiencia en demanda por daño ambiental interpuesta por el Consejo de Defensa del Estado, en contra de dos empresas inmobiliarias y sus proyectos ubicados en la zona costera de Valdivia, de la Región de Los Ríos.

Las reclamaciones fueron interpuestas a la Sociedad Agrícola Kuriñanco Ltda., Inmobiliaria Pilolcura Ltda y tres personas naturales vinculadas con dichas sociedades, ya que a juicio del Consejo de Defensa de Estado, las obras de cuatro proyectos inmobiliarios: Cutipay I, Cutipay II, Pilolcura y Canelales sector Pellines, causaron daño al medio ambiente y la salud de las personas.  

Luego de tres extensas jornadas correspondientes a las audiencias de prueba, en esta última sesión se recibieron los alegatos finales de ambas partes.

En la audiencia de alegatos, el Consejo de Defensa del Estado reiteró la solicitud al tribunal de que se declare la existencia del daño ambiental causado y se condene a los responsables a repararlo materialmente conforme a la Ley sobre Bases Generales del Medio Ambiente.

Indicaron también que los elementos que están en juego son: la existencia de la acción dañosa de las demandadas, la existencia de culpa, el menoscabo significativo de diversos componentes ambientales y la relación de causalidad. También expusieron sus alegatos la Municipalidad de Valdivia y la comunidad. 

Por su parte, los demandados alegaron, principalmente, la inexistencia de los elementos del daño ambiental, los que no habrían sido acreditados por las demandantes. 

Otras etapas del proceso judicial

En julio del año 2022, el Tribunal propuso a las partes bases de conciliación que contemplaban diferentes objetivos y planes de trabajo para cada proyecto, sin embargo, las partes no llegaron a acuerdo.

El 2 de febrero del mismo año, el tribunal ordenó, como medida cautelar, paralizar y prohibir la ejecución de obras y acciones de los proyectos en cuestión y ordenó el retiro de maquinaria, enseres y equipos de construcción de los predios en que se desarrollan dichos proyectos.

Con la finalización de las audiencias, ahora el tribunal continuará revisando los antecedentes.

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