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Por Valentina Cortés Lehuei , 1 de febrero de 2023 | 11:30

Acogen parcialmente reclamación de inmobiliaria para anular declaración de humedal Los Pelúes

Sistema de humedales urbanos sector Isla Teja. Crédito: Israel Acevedo, Aves Valdivia.
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La decisión del Tribunal considera algunos sectores del humedal urbano de Isla Teja en Valdivia. Conoce los detalles del caso.

El Tercer Tribunal Ambiental acogió la reclamación de la inmobiliaria Teja Sur que había solicitado dejar parcialmente sin efectos la resolución del Ministerio del Medio Ambiente (MMA) de la declaración del humedal urbano “Los Pelúes” en Isla Teja, Valdivia, debido a una errónea delimitación.

A juicio de la empresa dicha resolución comprendía terrenos de su propiedad que no cumplían con los requisitos de vegetación hidrófita.  

En noviembre de 2022 se realizó una inspección en el sitio, que consideró un recorrido por seis puntos del humedal urbano para analizar las condiciones ambientales existentes en esta área asociada a la controversia de la reclamación. 

Luego de la revisión de los antecedentes, el tribunal determinó que el MMA debe dictar un nuevo acto administrativo en el que se excluya del polígono del humedal urbano Los Pelúes, las superficies correspondientes a pradera del límite sur del polígono norte y a las laderas norte y oeste del polígono sur.

Esto por haberse acreditado que no concurre el criterio de vegetación hidrófita.

Determinaciones del tribunal

Respecto al polígono norte, la sentencia señala que el ministerio deberá: "Excluir dichas superficies al momento de realizar la declaración del Sistema de Humedales Urbanos Sector Isla Teja”.

Además, se advierte una sección menor de la superficie reclamada, ubicada en el límite sudeste del polígono, que según da cuenta el informe complementario y la inspección personal del tribunal presenta vegetación hidrófita, razón por la que no procede su exclusión.

En relación a las laderas norte y oeste del polígono sur, los antecedentes no fueron suficientes para determinar si se cumple con el criterio de vegetación hidrófita, por lo que el MMA deberá excluir dichas superficies al momento de realizar la declaratoria.

En cuanto a la ladera este del Polígono sur: “El tribunal no ordenará su exclusión sino reenviará los antecedentes a la autoridad administrativa para efectos que, se pronuncie sobre la concurrencia de los requisitos de delimitación de humedal”.

El ministro suplente en Ciencias, Carlos Valdovinos, explicó la resolución determinada por el tribunal.

“El tribunal acogió la reclamación sólo en cuanto se anula parcialmente la resolución de la declaración de Humedal Urbano y solo respecto en aquellas áreas en que se acreditó el agravio del demandante, conservándose lo demás en la referida declaratoria”, informó. 

 

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