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Por Valentina Cortés Lehuei , 8 de marzo de 2024 | 16:44

Corte Suprema confirma sentencia por relleno en humedal Angachilla en Valdivia

Gráfica de la zona afectada por las acciones de tercero. Crédito: @humedalesangachillasantuario| Tribunal Ambiental
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El máximo órgano judicial rechazó el recurso de apelación del particular condenado por daño ambiental al estero Angachilla en junio de 2023.

La Corte Suprema ratificó la condena por daño ambiental y reparación del Humedal Angachilla en Valdivia por parte de un privado que realizó acciones de relleno y desecación de un predio ubicado en el estero Angachilla, que en ciertos sectores comprende el actual Santuario de la Naturaleza.

El demandado tras el veredicto del Tribunal Ambiental en junio de 2023, había presentado un recurso para impugnar la sentencia (recurso de casación), el cual el pasado 26 de febrero de 2024 la Corte Suprema declaró inadmisible.

De esta forma el responsable deberá reparar el daño ambiental material, presentando dentro de 120 días un plan para la restitución del régimen hidrográfico y biótico existente en el humedal, de acuerdo a lo informado en la sentencia.

Desde la Corporación Humedales de Angachilla, Montserrat Lara, valoró el fallo de la Corte Suprema, siendo un hecho que como agrupación ciudadana y ambiental esperaban que se concretara para recuperar el área afectada.

“Como corporación valoramos enormemente este fallo de la Corte Suprema, creemos que es lo correcto y consideramos que ratifica el daño ambiental que causó el demandado, además es una señal muy importante también de que cuando se causa un daño ambiental no hay impunidad”, enfatizó.

Historia del caso 

Este caso se remonta a la demanda presentada por la Municipalidad de Valdivia en 2019 ante el Tercer Tribunal Ambiental, por daño ambiental ocasionado por un privado desde finales de 2015, relacionado a acciones de relleno permanente en el humedal Angachilla, destacando que los actos de relleno, secado y drenaje ponían en peligro los recursos hídricos y vegetal, afectando la función ecológica fundamental de estos ecosistemas.

Una demanda que fue acogida por el tribunal, apuntando que la acción afectó la capacidad de regeneración del sector, por lo que debe ser intervenido artificialmente para su recuperación.

Respecto al recurso de casación, la Corte Suprema indica que el propietario pudo prever que las consecuencias de sus actos provocarían un daño al medio ambiente, al menos al conocer la sanción impuesta por la Dirección General de Aguas, de acuerdo a lo señalado en el fallo.

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